Nosotros, los Prefectos del Pretorio, de facto, instituimos y establecemos este senadoconsulto:
El sistema
jurídico del Congreso Legislador de la filosofía es, según el Derecho Romano.
Y el
Derecho Romano constituye el Precepto:
«La ley
superior deroga a la inferior»
Por lo
tanto, el orden jurídico del Congreso Legislador de la filosofía es el
siguiente:
Cartas
Magnas, Senadoconsultos, Pragmáticas Sanciones Edictos de los magistrados y
Jurisprudencia.
Firmado
Hecho en el
Congreso Legislador de la filosofía.
En
Testimonio de lo cual, Nosotros aquí suscribimos nuestros nombres, de
conformidad con el poder castrense, por mandato de facto.
«El día veintiséis
del mes de junio, en el año 2779 Desde la fundación de la Ciudad, en Roma», es
decir, «El día veintiséis del mes de junio, en el año del Señor de 2026, en
Roma»

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