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viernes, 26 de junio de 2026

Pragmática Sanción N° IV

Título I

La extinción de magistraturas pertinentes al Senado de la primera filosofía

Canon 1. Se suprime la corte suprema pertinente al Senado de la primera filosofía.

Canon 2. Se abroga la magistratura extraordinaria de Inocencio. Asimismo, se abroga el imperium de Inocencio.

Título II

Abolición y vigencia en lo concerniente a las normas de carácter filosófico

Canon 3. Se derogan el primer y el segundo Edicto del Autócrata, el Estatuto Honorífico de las elecciones, según el poder judicial y la política, y el último decreto del Senado número uno. El remanente del ius scriptum concerniente al Senado de la primera filosofía se mantiene incólume.

Título III

La reserva normativa en lo atinente al ius scriptum

Canon 4. El Tribunal Máximo del Congreso Legislador se reserva la facultad de establecer y sancionar Cartas Magnas, Senadoconsultos, Pragmáticas sanciones, Edictos pretorios y Jurisprudencia.


Subscripta

Facta in Congressu Legifero philosophiae.

In Testamentum cuius, Nos hic subscribimus nostra nomina, iuxta potestatem castrensem, ex imperio de facto.

«Die XXVI mensis Iunius anno MMDCCLXXIX Ab Urbe condita, Romae» id est «Die XXVI mensis Iunius anno Domini MMXXVI, Romae»




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