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lunes, 13 de julio de 2026

La Carta Magna de los intervalos y de las instancias (Texto en español)

Nosotros los Prefectos del Pretorio, instituimos y establecemos esta constitución acerca de los intervalos y de las instancias, según quod principi placuit, legis habet vigorem:

I Sección

Acerca de la majestad de los intervalos transitorios

I Artículo

Los lugares son intervalos únicamente en el género físico. No obstante, no existen los lugares en el género espiritual, según la ontología. Empero, los lugares de la metafísica son únicamente continentes, a tenor de la filosofía. Por tanto, los lugares de la naturaleza están por encima del mundo de la metafísica, a partir de la filosofía, de conformidad con la Política y el Derecho.

II Artículo

La ratio essendi de la fuerza concerniente a los tiempos es de la ontología, según el género físico.

II Sección

Acerca de la majestad de las instancias pertinentes a la metafísica

I Artículo

Los intervalos de los tiempos imperan al espíritu del ser humano en Animatio. Sin embargo, el alma del ser humano en Post mortem está por encima de los intervalos de los tiempos, a partir del género espiritual. Incluso la ratio essendi de los evos es del género espiritual. Por otra parte, no existe ontología unilateralmente en el género espiritual. Por tanto, el tiempo carece de fuerza parcialmente en el género espiritual.

II Artículo

El evo vence parcialmente a la ontología.

III Artículo

El evo es fuero en lo concerniente al edicto magno del tiempo.

IV Artículo

La fuerza de los tiempos es de naturaleza política.

V Artículo

La fuerza de los evos es de naturaleza militar.

VI Artículo

En el género espiritual no existen los lugares, según la ontología. Empero, los lugares en el género espiritual existen, a tenor de la filosofía.

VII Artículo

La fuerza de los lugares es de naturaleza militar.

Firmado

Hecho en el Congreso Legislativo de la filosofía.

En Testimonio de lo cual, Nosotros aquí suscribimos nuestros nombres, de conformidad con el poder castrense, por mandato de facto.

«El día trece del mes de julio, en el año 2779 Desde la fundación de la Ciudad, en Roma», es decir, «El día trece del mes de julio, en el año del Señor de 2026, en Roma»




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