Senado de la primera filosofía
Edicto: Número: 2
Yo, Inocencio DICTADOR Y AUTÓCRATA, instituyo y establezco este edicto:
El sistema jurídico del Senado de la primera filosofía es, según el Derecho Romano.
Y el Derecho Romano constituye el Precepto:
«La ley superior deroga a la inferior»
Por lo tanto, el orden jurídico del Senado de la primera filosofía es el siguiente:
Cartas Magnas, Senadoconsultos, Edictos de los magistrados y Jurisprudencia.
Firmado
Hecho en el Senado de la primera filosofía.
«El día veintiuno del mes de marzo, en el año 2778 Desde la fundación de la Ciudad, en Roma», es decir, «El día veintiuno del mes de marzo, en el año del Señor de 2025, en Roma»
Ley derogada, según la Pragmática Sanción N° IV.
Subscripta
Facta in Congressu Legifero philosophiae.
In Testamentum cuius, Nos hic subscribimus nostra nomina, iuxta potestatem castrensem, ex imperio de facto.
«Die XXVI mensis Iunius anno MMDCCLXXIX Ab Urbe condita, Romae» id est «Die XXVI mensis Iunius anno Domini MMXXVI, Romae»


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