Gracias a sus aportes, el Senado de la primera filosofía puede desarrollar investigaciones con excelencia académica. Si te apasiona la filosofía tanto como a nosotros, considera hacer una donación. ¡Cada contribución cuenta! Haz tu donación, a través, de Sinpe Movil en Costa Rica al número: 60 17 15 24

jueves, 16 de octubre de 2025

Edicto de Notificación Año MMXXV – N° IX

 

    Ilustrísimo príncipe Víctor Agustín Calderón:

 

    Al contemplar vuestra convocatoria a una Asamblea Constituyente, con el fin de instituir cláusulas en el Derecho escrito del Senado de la primera filosofía sobre asuntos relativos a la animación y ontología humana. Nosotros, príncipes del honorífico Electorado pertinente al tribunal supremo del Senado de la primera filosofía, quorum praesentia sufficit, de manera análoga, en el ejercicio del Alto Mando de la corte suprema del Senado de la primera filosofía, así como de Magistrados Supremos y Legisladores Constituyentes, aprobamos y ratificamos la citada convocatoria, debido a la magna relevancia de los asuntos antropológicos bajo un marco ontológico y axiológico. Por ende, ejecutaremos acto de presencia en la fecha y hora acordadas. Asimismo, en relación con el remanente de la moción, la cual vuestra Majestad plasmó en el edicto de notificación, se aprobó y ratificó, de conformidad con la Potestad electoral. A continuación, se darán a conocer los datos concernientes a los comicios de este honorífico Electorado de la corte suprema:

 

En contra:

NULLUM SUFFRAGIUM

Total: 0 Sufragios

 

A favor:

Flavio: 25 sufragios

Gregorio: 4 sufragios

Jerónimo: 6 sufragios

Pío: 10 sufragios

Celestino: 11 sufragios

Total: 56 Sufragios

 

Con nuestra respuesta dada, nos despedimos de manera respetuosa ante Vuestra Majestad.

 


«Die XVI mensis Octobris, anno MMDCCLXXVIII Ab Urbe condita, Romae» id est «Die XVI mensis Octobris, anno Domini MMXXV, Romae»





miércoles, 15 de octubre de 2025

Edicto de Notificación Año MMXXV – N° VIII

    Honorables e ilustrísimos príncipes del Electorado del tribunal supremo del Senado de la primera filosofía:

 

    Yo, Víctor Agustín Calderón en el ejercicio del Alto Mando de la corte suprema del Senado de la primera filosofía, así como de Magistrado Supremo y Legislador Constituyente, con la finalidad de establecer cláusulas acerca de la naturaleza ontológica del ser humano y dirimir problemáticas concernientes a la animación humana en el Derecho escrito del Senado. Mi persona convoca a todos los príncipes electores a una Asamblea Constituyente, con el propósito de redactar una Constitución Política de carácter filosófico.

    La mencionada Asamblea Constituyente dará inicio a su sesión extraordinaria a las catorce horas en punto el día treinta de octubre de dos mil veinticinco. Además, dicha sesión se celebrará en la curia Julia, en Roma.

    A causa de la falta de un presidente en este honorífico Electorado, todos presidiremos en dicha sesión extraordinaria, según nuestra investidura de electores, la cual carece de disparidad en relación con la voz. Pues tal carencia es señal de supremacía referente a la uniformidad política que ostenta la corte suprema pertinente al Senado de la primera filosofía.

 

    Con la convocatoria dada, me despido respetuosamente ante Vuestras Majestades. Así mismo, quedo atento a vuestras respuestas.


«Die XV mensis Octobris, anno MMDCCLXXVIII Ab Urbe condita, Romae» id est «Die XV mensis Octobris, anno Domini MMXXV, Romae»






jueves, 2 de octubre de 2025

Institutiones Iuris Romani, ex Iure Naturali vel Ritus Iuris Quiritium

    El Senado de la Primera Filosofía se honra en presentar al público un ensayo acerca de las instituciones jurídicas pertinentes al Derecho Romano. Asimismo, el presente ensayo vincula el Derecho de Natural con el Derecho de los Quirites. Pues la antigua sociedad romana construyó su sistema jurídico mediante instituciones otorgadas por el propio Derecho Natural. Incluso un gran número de dichas instituciones prevalece hasta el día de hoy.




Tan magna fue la Antigua Roma que forjó la vía de las hodiernas civilizaciones. Empero, la sabiduría que confirió Roma prevaleció, prevalece y prevalecerá en el orbe de la Tierra. Pues, tan formidable fue su ordenamiento jurídico que no es obsoleto en la actualidad, por el contrario, es implementado por numerosas naciones, a causa de su destacada calidad técnica. Por consiguiente, el Derecho Romano sigue ejecutando acto de presencia en la especie humana, incluso el empleo de tan insigne Derecho se debe a su congruencia en los asuntos concernientes a las actividades de los hijos de los hombres. En virtud de ello, en este ensayo se desarrollarán presupuestos históricos, filológicos, filosóficos, jurídicos y políticos referentes al Derecho Romano, no obstante, el objeto del presente estudio estará concatenado con el Derecho natural, puesto que el Derecho Romano procede del iusnaturalismo. Finalmente, se clausurará con un desenlace que sumará los acápites de esta erudición.