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miércoles, 2 de abril de 2025

Opinión jurídica Año MMXXV – N° I

    Honorables e ilustrísimos príncipes del Electorado de la corte suprema del Senado de la primera filosofía:


    Es grato dirigirme a vuestras majestades, a través de la presente opinión jurídica, concerniente a la potestad coercitiva referente al edicto del tiempo:

    

    Las normas jurídicas son respaldadas en su cumplimiento por el poder coercitivo del Estado. Empero, en este presupuesto filosófico relativo al tiempo la potestad coercitiva no está avalada por ningún Estado. Antes de indagar sobre la mencionada potestad, es imprescindible inquirir acerca de la etimología del vocablo «coercitivo». De este modo, se obtendrá un mayor esclarecimiento de la significación del citado término. El vocablo «coercitivo», viene del latín «coercitum», que a su vez proviene de «coercere», que significa «restringir», «reprimir» o «contener». Escudriñando el significado del término «coercitivo», se prosigue con la exploración del poder coercitivo como tal: Ningún gobierno del orbe de la Tierra ni tampoco un ser incorpóreo respalda el edicto del tiempo, a causa que el mismo tiempo posee una fase imperativa, la cual gobierna inefablemente la física y metafísica. Empero, ¿Cómo funciona la potestad coercitiva pertinente al edicto del tiempo? Para otorgar una resolución apropiada a la mencionada interrogante, es indispensable vincular el poder coercitivo con la ontología: Aunque el edicto del tiempo no es un “ente” como tal, dicho edicto posee una naturaleza imperativa. Por tanto, la potestad coercitiva del edicto del tiempo radica en su trascendencia tanto en los asuntos físicos como en los espirituales, según la ontología. Y de manera análoga, ocurre con la fase imperativa concerniente a la ley del lugar.


«Die II mensis Aprilis, anno MMDCCLXXVIII Ab Urbe condita, Romae» id est «Die II mensis Aprilis, anno Domini MMXXV, Romae»




martes, 1 de abril de 2025

Praecepta morum

    El Senado de la Primera Filosofía se honra en presentarle al público un ensayo sobre la ética en el ámbito investigativo. En un marco filosófico, a través del Derecho, el presente ensayo establecerá los fundamentos de la ética connatural pertinente al género humano.


Desde el acto de escudriñar acerca de los efectos del café en la salud humana, hasta realizar una investigación científica sobre la selección natural, el género humano tiene una intuición de ejecutar las investigaciones de una manera ética. Empero, ¿Qué es la ética? Pues para comprender el significado de dicho vocablo de un modo claro y preciso, es sumamente imperioso explorar su etimología: La palabra «ética», viene de «ethicus», la cual es la forma latina del vocablo helénico «ἠθικός» (Transliteración: ethikós), cuyo significado es «costumbre» o «hábito». No obstante, para los antiguos romanos, el citado término fue vinculado con «la moral». Incluso, en latín la rama filosófica de la «ética» es denominada con el nombre de «philosophia moralis» (la filosofía de la moral [traducción propia]).